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La Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. publica una actualización clave sobre IA y la posibilidad de derechos de autor – Informe de enero de 2025.

La semana pasada asistimos a la reunión anual de derechos de autor de la American Bar Association, «ABA-IPL Copyright Meeting at the U.S. Copyright Office». Tuvimos la oportunidad de escuchar al Director de la Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. sobre actualizaciones clave en IA y la posibilidad de derechos de autor.

Conclusiones clave del Informe 2025 de la Oficina de Derechos de Autor

  1. La autoría humana sigue siendo un requisito fundamental
La Oficina de Derechos de Autor reafirma que la ley de derechos de autor de EE. UU. protege únicamente las obras creadas por humanos. El contenido generado exclusivamente por IA no califica para protección. Sin embargo, si una persona realiza una contribución creativa significativa—como entrada expresiva, modificaciones o arreglos—la obra podría ser elegible para protección bajo derechos de autor.
  1. IA como herramienta de asistencia vs. IA como creador
El informe distingue entre la IA como una herramienta de asistencia y la IA como un creador autónomo. Si la IA se usa solo para mejorar una obra creada por un humano, el resultado puede ser protegido por derechos de autor. En cambio, si un sistema de IA genera una obra de manera independiente, esta no estará protegida bajo la ley actual.
  1. Análisis caso por caso para contenido generado con IA
La elegibilidad de contenido asistido por IA para derechos de autor se evaluará individualmente, considerando factores como:
  • El grado de control humano sobre el resultado final.
  • Si la contribución humana demuestra creatividad y autoría.
  • Cuánto influye la IA en la obra.
  1. Los prompts no son suficientes para obtener derechos de autor
Una aclaración clave en el informe es que proporcionar solo prompts a un sistema de IA no se considera autoría humana. Dado que los modelos de IA generan contenido basado en algoritmos y patrones aprendidos, la Oficina de Derechos de Autor no considera que un prompt, por sí solo, constituya un acto creativo suficiente para la protección de derechos de autor.
  1. No hay nuevas protecciones legales para obras generadas por IA
El informe concluye que las leyes actuales son suficientes para abordar el contenido generado por IA y que, por ahora, no se requieren cambios legislativos. Aunque algunos sectores abogan por nuevas protecciones o un marco de derechos de autor único para obras de IA, la Oficina de Derechos de Autor no ha encontrado razones convincentes para implementar tales medidas. Implicaciones para creadores y empresas Esta actualización tiene importantes repercusiones para creativos y negocios que utilizan IA en la creación de contenido:
  • Artistas y escritores: Deben asegurar una participación humana significativa en las obras asistidas por IA para garantizar su protección bajo derechos de autor.
  • Desarrolladores de software: El código generado por IA sin modificaciones humanas puede no ser protegible.
  • Empresas que utilizan contenido de IA: Es fundamental comprender que imágenes, música o texto generados por IA pueden no estar protegidos por derechos de autor, lo que impacta en los derechos de propiedad y las estrategias de licencia.
Mirando hacia el futuro La Oficina de Derechos de Autor continuará monitoreando los avances en IA y ajustando el marco legal según sea necesario. Se espera una actualización del Compendium of U.S. Copyright Office Practices con más orientación sobre el registro y la aplicación de derechos de autor en contenido relacionado con IA. A medida que evolucionan las capacidades de la IA, el panorama legal de derechos de autor seguirá cambiando. Creadores y empresas deben mantenerse informados y alinearse con las mejores prácticas para proteger su propiedad intelectual en la era de la inteligencia artificial.

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