
El panorama regulatorio para los productos de cáñamo y CBD se ha vuelto más complejo tras la reciente promulgación de una ley federal que prohíbe ciertos cannabinoides derivados del cáñamo. Aunque la Ley Agrícola de 2018 (Farm Bill) despenalizó el cáñamo a nivel federal al retirarlo de la Ley de Sustancias Controladas (CSA), ese avance se ha visto restringido nuevamente, esta vez por una acción bipartidista del Congreso y su promulgación ejecutiva en 2024.
La nueva ley prohíbe los cannabinoides derivados del cáñamo que produzcan efectos psicoactivos —como el delta-8 THC y otros compuestos sintéticos o semisintéticos— incluso si provienen de cáñamo legal bajo la definición federal. Este cambio marca una postura federal más estricta y plantea nuevos desafíos para las empresas que buscan proteger sus marcas en un entorno legal cada vez más volátil.
Desde mayo de 2019, la Oficina de Patentes y Marcas de EE. UU. (USPTO) ha seguido la Guía de Examen 1-19, emitida tras la aprobación de la Ley Agrícola de 2018. Esta guía reconoció que ciertos productos derivados del cáñamo (con un contenido de THC ≤ 0.3% en peso seco) podían considerarse legales según la CSA y, por tanto, elegibles para protección marcaria siempre que no violaran otras leyes federales, especialmente la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos (FDCA).
Bajo esta guía:
Con la nueva ley federal en vigor, los productos que contengan cannabinoides como delta-8, HHC, THCO y similares —que anteriormente se comercializaban como derivados legales del cáñamo— ahora están explícitamente prohibidos. Esto afectará directamente a las solicitudes de marcas que incluyan dichos productos, ya que ahora se consideran ilegales bajo la CSA y el FDCA.
A medida que el mercado para productos derivados del cáñamo ha crecido, también lo ha hecho la intervención regulatoria. Esta brecha entre lo que se vende en el mercado y lo que se considera legal a nivel federal ha dejado a muchas empresas en una situación incierta:
Es probable que la USPTO actualice su guía de examen en respuesta a esta legislación reciente, lo que implicará una revisión más estricta de cualquier producto derivado del cáñamo que tenga potencial psicoactivo o que no esté regulado específicamente por la FDA.
Para las empresas del sector del cáñamo, el entorno legal actual exige mayor precaución y conocimiento:
Aunque no puedas patentar una fórmula de perfume, tu marca sí puede ser registrada y protegida legalmente. Esto te ofrece ventajas como:
Registrar tu marca desde el principio te da una base sólida y te protege en un mercado competitivo.
La reciente prohibición federal de productos de cáñamo intoxicantes marca un punto de inflexión para la industria del CBD. Lo que alguna vez se consideró un camino claro hacia la legalidad bajo la Ley Agrícola de 2018 ahora está siendo desmantelado mediante restricciones adicionales. En este escenario, la protección marcaria federal se vuelve aún más limitada y las empresas deben replantearse sus estrategias legales.
Hasta que haya claridad definitiva por parte de la USPTO y otras agencias federales, la pregunta clave sigue siendo: ¿Es legal su producto bajo la ley federal vigente? Si no lo es, entonces no podrá obtener una marca registrada federalmente.